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LOS TRIBUNALES AVALAN QUE DC-10 SEA UNA DISCOTECA

El TSJB desestima el recurso del Ayuntamiento de Sant Josep y confirma la validez del uso de la ley 2/2010 de este negocio de Ibiza para obtener la categoría de sala de fiestas.

El Tribunal Superior de Justicia de Balears (Tsjib) ha desestimado un recurso del Ayuntamiento de Sant Josep y reconoce el derecho del local que funciona como discoteca, DC-10, en ses Salines, a obtener la categoría de «sala de fiestas». La sentencia cuestiona la falta de justificación de la normativa de la Comunitat Autònoma en la que se ampara el cambio de categoría del establecimiento de ocio nocturno, pero admite «el uso correcto» por parte del DC-10 de «la oportunidad que le brindó la ley».

El fallo judicial explica que «la macrodiscoteca» contaba con una autorización de la Administración turística, obtenida en 1993, como «bar de copas» y también con licencia de apertura y funcionamiento municipal, de 1997, como «café concierto». La empresa esgrime, según la sentencia, que «siempre ha sido una discoteca» y que, en su día, no pudo obtener la correspondiente autorización debido «a la falta del epígrafe apropiado», el de «sala de fiestas».

La ley 12/2010 de modificación de diversas leyes aprobada por el segundo gobierno progresista, en alianza con la extinta Unió Mallorquina, incluyó una vía para que los establecimientos con autorización de la conselleria de Turismo abiertos al público desde el 1 de enero de 1998 quedasen exentos, en caso de que no la tuvieran, de disponer de la licencia de apertura municipal en el caso de que se cumplieran una serie de requisitos.

Fuente: Diario de Ibiza.